Traslado de estudiantes desde instituciones del extranjero
La convalidación de estudios realizados en el extranjero, implica el reconocimiento oficial en el Perú, por equivalencia, planes de estudios en el marco de lo dispuesto en los convenios existentes y disposiciones vigentes
• Convenio Andrés Bello, comprende los países de:
Bolivia, Colombia, Cuba, Chile, España, México, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Venezuela, Perú y Ecuador. • Convenio Perú – Argentina
El país de procedencia tiene que figurar en los convenios mencionados en la parte superior. – Acreditados por la entidad educativa oficial del país de procedencia (Ministerio de Educación o institución equivalente). – Legalizados en el extranjero: – Visados por el Cónsul Peruano en el país de procedencia; cuya firma deberá ser legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. – Sello de la apostilla (Convenio de la Haya), documento incorporado y legalizado por la autoridad competente en el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de procedencia o por la entidad encargada, para efectos de verificación de autenticidad.
Certificados oficiales de estudios – original y copia.
Documento de identidad del estudiante o partida de nacimiento del menor – original y copia.
Asimismo, si el estudiante nació en el extranjero, presentar partida de nacimiento (apostillada por el país de procedencia o
legalizada por el Consulado Peruano en dicho país), caso contrario, documento nacional de identidad, pasaporte o carnet de extranjería.
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